VERACIDAD
Alexis
Márquez Rodríguez
En la actual Constitución venezolana, promulgada en 1999, se dice, en su
artículo 58, que “Toda persona tiene derecho a la información oportuna,
veraz e imparcial, sin censura…”. Es la primera vez que en una
constitución se califica de “veraz” la información a que todos teneos
derecho. Antes esa calificación se había hecho en la Ley de ejercicio
del periodismo. En ambos casos, cuando se discutió la inclusión del
término “veraz” se produjo un agrio debate, porque muchas personas e
instituciones se oponían a tal calificación, no porque estuviesen en
desacuerdo con que la información a que se tiene derecho sea “veraz”, lo
cual sería un exabrupto, sino porque se alegaba que tal calificación
permitiría abusos y atropellos contra la libertad de expresión, pues
bastaría con que alguien señalase que la información suministrada por un
medio no era veraz para que se abriese la posibilidad de sancionar a
dicho medio, incluso con su clausura. Riesgo en la práctica poco viable,
y en todo caso igual al que derivaría de los otros calificativos que de
la información hace el artículo 58 de la Constitución.
Según el DRAE el sustantivo “veracidad” significa la cualidad de
“veraz”, y de este adjetivo dice el mismo diccionario: “1. adj. Que dice,
usa o profesa siempre la verdad”. Obsérvese que en esta definición se
emplea el adverbio “siempre”, lo cual da a entender que se trata de una
cualidad permanente, y no de un rasgo específico atribuible a una
persona o acto determinados. Da la impresión de que la definición fue
redactada pensando sólo en personas que siempre actúan con veracidad.
Sin embargo, es común que nos refiramos, por ejemplo, a una noticia o
un dato veraces, caso en el cual no es aplicable lo de “siempre”. El
Diccionario CLAVE registra este último hecho, pues aunque acoge la
definición de “veraz” del DRAE como el “Que dice siempre la verdad o que
actúa según la verdad”, definición claramente dirigida a personas, pone
como ejemplo la frase ‘Recibí una información veraz y actualizada’”.
Otro diccionario, el Diccionario de uso del español de América y España,
es en este sentido más exacto, pues su definición de “veraz” se divide
en dos partes, una referida especialmente a personas: “1. Que dice la
verdad: `Si el testigo es veraz se resolverá rápidamente el crimen’, y
otra atinente expresamente a cosas: “2. (cosa) Que se ajusta a la verdad
o la realidad: ‘El ciudadano tiene derecho a recibir información veraz
por cualquier medio de difusión’; ‘La animada pintura de Edelstein en
cuanto a buena parte de los médicos griegos es muy veraz’”.
“Veracidad” deriva del vocablo latino “veritas, atis”, que significa “verdad”.
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EGO
“Ego” es la primera persona del pronombre personal en Latín,
equivalente al castellano “yo”. Freud le dio una gran relevancia al
aplicarlo como nombre a una de sus categorías de la personalidad. El
DRAE se refiere a este hecho en los siguientes términos: “1. m. Psicol.
En el psicoanálisis de Freud, instancia psíquica que se reconoce como yo,
parcialmente consciente, que controla la motilidad y media entre los
instintos del ello, los ideales del superyó y la realidad del mundo
exterior”. Luego agrega una acepción coloquial que alude a cierto tipo
de personalidad: “2. m. coloq. Exceso de autoestima”. De algunas
personas se dice que tienen un “ego” muy desarrollado.
El vocablo “ego” entra en la composición de varias palabras muy
significativas: “egolatría” y “ególatra”; “egoísmo” y “egoísta”;
“egocentrismo” y “egocéntrico”; “egotismo” y “egotista”.
De “egolatría” dice el DRAE: “f. Culto, adoración, amor excesivo de sí
mismo”. De “egoísmo”: “Inmoderado y excesivo amor a sí mismo, que hace
atender desmedidamente al propio interés, sin cuidarse del de los demás”.
De “egocentrismo”: “m. Exagerada exaltación de la propia personalidad,
hasta considerarla como centro de la atención y actividad generales”. De
“egotismo”: “1. m. Prurito de hablar de sí mismo. 2. m. Psicol.
Sentimiento exagerado de la propia personalidad”.
Estos diversos derivados de “ego” se aproximan mucho al concepto de
“narcisismo”.
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SENDOS
Un amable lector me observa que el adjetivo “sendo, a” con carácter
ponderativo, de que hablé en el artículo anterior, no es nuevo, pues ya
se usaba en tiempos de don Andrés Bello, quien lo condena drásticamente,
atribuyéndolo a un mal uso del adjetivo “sendos” con valor distributivo.
Seguramente Bello se refería a un uso chileno, pues no hay, que yo sepa,
ningún testimonio de ese uso en nuestro país durante el siglo XIX y bien
entrado el XX, ni en la literatura ni en los diccionarios y repertorios
sobre venezolanismos. Hasta mi generación, creo, no se le conocía. Es,
más o menos, a partir de los años 50 que yo recuerde haberlo oído.
Queda, pues, sin efecto, la hipótesis por mí formulada acerca del origen
del uso de “sendo, a” con valor ponderativo, especialmente frecuente
entre los jóvenes. Lo que sí queda a salvo es mi afirmación de que no
se trata de un mal empleo del adjetivo “sendos”, sino de dos palabras
distintas. Falta, además, dilucidar el origen de ese uso en el lenguaje
actual. El Diccionario panhispánico de dudas señala que dicho empleo se
da en el uso popular del lenguaje en muchos países de Hispanoamérica, y
se halla en textos españoles del siglo XIX, “pero es uso rechazado en la
norma culta, tanto española como americana”.
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