DEMASIADO
Últimamente hemos podido observar, cada vez más
frecuentemente, el empleo abusivo del vocablo “demasiado”. Este es definido por
el DRAE como un adjetivo, que señala lo “Que es en demasía, o tiene demasía”, y
también como adverbio de cantidad equivalente a “excesivamente”. “Demasía”, a su
vez, se define como “exceso”.
En el primer caso podemos decir “Tenemos
demasiados problemas”, en que “demasiados” opera como adjetivo que califica al
sustantivo “problemas”. Aquí la función calificativa de “demasiado” puede verse
observando la diferencia entre “Tenemos pocos problemas” y “Tenemos demasiados
problemas”. En el segundo caso podemos decir “Comer demasiado es peligroso para
la salud”, con “demasiado” en función de adverbio de cantidad que modifica al
verbo “comer”, lo cual puede verse observando la diferencia entre “comer” y
“comer demasiado”. Conviene observar que “demasiado”, en tanto que adjetivo,
contiene implícitamente una noción de cantidad, como la que está presente
también en el adverbio. Sólo que en este la función adverbial se manifiesta al
modificar un verbo, mientras que en el caso del adjetivo la función es
nítidamente de calificativo de un sustantivo.
Hasta aquí todo va bien y no hay ningún
problema. Pero el empleo abusivo de “demasiado”, como adjetivo lo mismo que
como adverbio, se da con sustantivos o verbos, según sea el caso, que no admiten
una intensidad que pueda estar en “demasía”. Podemos decir, por ejemplo, “La
situación está normal”. Según el DRAE “normal” es un adjetivo cuyas tres
primeras acepciones son: “1. Dicho de una cosa: Que se halla en su estado
natural. 2. Que sirve de norma o regla. 3..
Dicho de una cosa: Que, por su naturaleza, forma o magnitud, se ajusta a ciertas
normas fijadas de antemano”. Si aplicamos la lógica ninguna de estas acepciones
admite el exceso. Es decir, algo es “normal” o no lo es, pero no puede darse
algo que sea más o menos normal, menos aún que lo sea en exceso. No tiene, pues,
sentido decir que “La situación está demasiado normal”.
Como tampoco lo tiene decir que algo o alguien es
o está “demasiado feliz”. Se puede ser o estar más o menos feliz, en cuanto que
la felicidad sea mayor o menor. Pero es ilógico pretender que la felicidad pueda
ser excesiva.
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ARROGAR (SE)
Recientemente escribí sobre el adjetivo “arrogante”. Este es el antiguo
participio activo del verbo “arrogar”, categoría que ha sido suprimida en
la nueva gramática, la cual estudia los participios activos como
adjetivos y, eventualmente, sustantivos. Hoy me referiré al verbo
“arrogar”.
El DRAE da de “arrogar” dos acepciones: “1. Atribuir, adjudicar.
2. prnl. Apropiarse indebida o exageradamente de cosas inmateriales,
como facultades, derechos u honores”. La primera acepción es poco usada.
La segunda se define como pronominal, es decir, que se conjuga siempre
con una variante pronominal, “me”, “te”, “se”, generalmente proclítica, o
sea, antepuesta al verbo: “Él se arroga facultades que no le pertenecen”.
Aunque también puede ir como enclítica, pospuesta al verbo y pegada a
este: “Él arrógase facultades que no le pertenecen”.
Como puede verse, este verbo se usa comúnmente para referirse a las
personas que se atribuyen cualidades que no tienen. En este sentido el
verbo se relaciona semánticamente con el adjetivo “arrogante”, aunque
este va más allá, pues se aplica no sólo a las personas que se atribuyen
méritos que no poseen, sino también a los soberbios, insolentes,
altaneros y presuntuosos.
Es frecuente que el verbo “arrogar (se)” se confunda con el verbo “abrogar”:
“Fulano se abroga derechos que no le corresponden”. Es un error. “Abrogar”
significa “Abolir, derogar. Abrogar una ley, un código” (DRAE).
Por razones obvias, su uso suele hacerse dentro del ámbito
específicamente jurídico. Correlativamente se usan también el sustantivo
“abrogación” y el adjetivo “abrogatorio”, aunque este no aparece en el
DRAE: “El Tribunal Supremo acordó la abrogación de la ley por
inconstitucional”; “El Tribunal Supremo tiene facultades abrogatorias de
leyes y otros actos jurídicos”.
También es frecuente que se confunda el verbo “arrogar (se)” con el verbo
“irrogar”, definido por el DRAE como “Causar, ocasionar perjuicios o
daños”. Este verbo también se usa muchas veces como pronominal: “Él, con
su comportamiento, irroga daños a los demás, y se los irroga a sí mismo”.
Es, así, incorrecto decir “Él se irroga facultades que no tiene”.
“Arrogar” es de origen latino, y deriva de “arrogare”, que significa “apropiarse”.
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NECIO
El adjetivo “necio” tiene un gran
poder cuestionador y comúnmente se emplea para calificar
negativamente, y aun para insultar o injuriar. Pocas veces alguien se
siente tan maltratado como cuando se le tilda de necio.
El DRAE registra cuatro
acepciones de “necio”. La 1ª lo define como “Ignorante y que no sabe
lo que podía o debía saber”. Se refiere a lo que el mismo DRAE define
como “supina ignorancia”: “ignorancia que procede de negligencia en
aprender o inquirir lo que puede y debe saberse”. Es la acepción menos
usada, al menos en Venezuela. La 2ª dice: “Imprudente o falto de razón”.
Esta es más aplicable entre nosotros, aunque tampoco es la que más se
usa. La tercera define al “necio” como “Terco y porfiado en lo que
hace o dice”. Estas tres acepciones se refieren a personas. La tercera,
la más frecuente, no siempre es ofensiva o injuriosa. A veces hasta la
empleamos para referirnos a alguien de nuestro mayor afecto, como
cuando el esposo o la esposa dice a su cónyuge, o el padre o la madre
al hijo o hija, “No seas necio (a), ya te lo he dicho varias veces”.
El DRAE registra una 4ª acepción, ya no referida a personas, sino a
cosas: “Dicho de una cosa: Ejecutada con ignorancia, imprudencia o
presunción”. Esta acepción se utiliza más con el sustantivo “necedad”,
al cual el mismo diccionario define como “Cualidad de necio. 2.
F. Dicho o hecho necio”: “Eso
que dices (o que hiciste) es una verdadera necedad”.
Otros diccionarios, aunque siguen
de cerca al DRAE, dan de “necio” una definición más escueta y
sintética. El Diccionario CLAVE, por ejemplo, se limita a decir:
“necio, cia: Ignorante, imprudente o carente de razón o de lógica:
‘No seas necia y aprovecha esa oportunidad’”.
El Diccionario de uso del
español de América y España VOX trae una definición que, sin
apartarse de la del DRAE, es más precisa: “1. necio. (persona) Que
insiste en los propios errores o se aferra a ideas o posturas
equivocadas, demostrando con ello poca inteligencia. (…) 2. Que es
propio o característico de la persona necia (…)”.
Por su parte el Diccionario
del español actual, de M. Seco, O. Andrés y G. Ramos define al
“necio” como “Persona tonta o de poco seso. (…). Propio de la persona
necia (…)”.
“Necio” deriva del vocablo latino
“nescius”.
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